Nueva normativa de etiquetado para productos alimentarios y cárnicos.
La aplicación de la nueva normativa europea de etiquetado para productos alimentarios, pone en evidencia la necesidad de disponer de toda la información detallada de los productos y de un control completo de su trazabilidad. A continuación resumimos algunos de los aspectos de la nueva normativa.
Objetivos principales de la Normativa para envases alimentarios.
- Mejorar la información que reciben los consumidores, habilitando su toma de decisión a la hora de la compra en base a criterios económicos, medioambientales, sociales, éticos y de salud.
- Incrementar la seguridad alimentaria y la fiabilidad o veracidad de los etiquetados, promoviendo de esta forma la producción de alimentos de calidad.
Aplicación de la nueva normativa.
El reglamento será aplicable a partir del 13 de diciembre de 2014, con algunas excepciones en determinados apartados. Se pueden consultar los detalles en el Reglamento (UE) nº 1169/2011.
La información nutricional será regulada y obligatoria.
Se deberá especificar obligatoriamente la información nutricional, en la que deberá constar de forma clara y visible los siguientes valores por cada 100g o 100ml de producto final:
- Valores energéticos, grasas, grasas saturadas, hidratos de carbono, azúcares, proteínas y sal.
Los parámetros restantes, se podrán mostrar de forma voluntaria en el etiquetado, pero utilizando la misma escala de 100g o 100ml.
Recomendaciones de ingesta diarias limitada.
Solo se podrá añadir dicha información en los parámetros de la información nutricional obligatoria.
Normativa de etiquetaje para carne y productos cárnicos.
Modificación de los requisitos de etiquetado de origen.
- En el caso de productos cárnicos congelados, deberán especificar la fecha de congelación.
- Especificar las proteínas añadidas.
- Informar de presencia de agua añadida si supera el 5% del peso del producto final.
- Informar en la etiqueta en el caso de que el producto esté elaborado a partir de piezas de carne.
- Especificar claramente que la envoltura de los embutidos no es comestible en los productos que corresponda.
- La nueva normativa de etiquetado también regula el tamaño mínimo de la letra en función de la superficie del envase.
Declaraciones nutricionales autorizadas.
Sólo podrán utilizarse las que estén oficialmente aprobadas por la EFSA. Actualmente las declaraciones sugeridas por el sector finalizan la fase de estudio y aprobación o rechazo.
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